Una vez demostrada su incapacidad para resolver los grandes dilemas morales y en especial aquellos con un marcado carácter global, puede que haya llegado el momento de arrinconar a las éticas materiales y relegarlas al ámbito más doméstico apostando ahora, y de manera audaz, por modelos más formales y procedimentales en atención a su vocación universalista. Aquí os vamos a presentar dos ejemplos que seguramente os van a parecer interesantes. En todo caso nosotros creemos que merecen una oportunidad y por tanto requieren nuestra máxima atención.
Si tomamos como referencia la “teoría del desarrollo de la conciencia moral” de Kohlberg, el “estadio postconvencional” (el que aloja hoy día a nuestras instituciones democráticas, aunque no a los ciudadanos) tiene como rasgo distintivo que la reflexión ética acerca de las normas no apunta hacia su contenido material, sino a lo puramente formal: la búsqueda de procedimientos que nos permitan declarar cuáles de ellas son aceptables. Queda asumido por tanto que las normas proceden del mundo de modo que la ética se limita a proponer métodos capaces de legitimarlas. Desde esta perspectiva las propuestas “PROCEDIMENTALISTAS” (“la teoría de la justicia” de Rawls, o la “ética de la acción comunicativa” de Habermas, entre otras) serían no solamente formales sino, además, las genuinamente apropiadas para desarrollar una ética política dentro de la democracia, porque el principal examen que las normas han de superar en ella es, precisamente, el procedimental: las leyes son legítimas si (y solo si) son refrendadas por la mayoría. Hecha esta pequeña pero necesaria introducción vamos ahora con los dos ejemplos de los que hablábamos cuando comenzábamos el artículo:
JOHN RAWLS Y SU TEORÍA DE LA JUSTICIA.
Sus bases están en el contractualismo de Locke y Rousseau y en la deontología kantiana. Su obra, “Teoría de la Justicia, que apareció allá por 1971, de gran difusión y repercusión en el ámbito filosófico angloamericano, se convirtió en un clásico de las filosofías de la política y del derecho de finales del pasado siglo y principios de este. A decir de Paul Ricoeur, Rawls trata de usar la “teoría del contrato social” para convertir la noción kantiana de “elección autónoma” en un “procedimiento” que justifique las instituciones éticas de la democracia. Así se evitaría recurrir a la resbaladiza (¿insegura y poco fiable?) metafísica. La idea de “contrato social” remite a una “posición original” en la que los individuos deben establecer las normas con las que están dispuestos a vivir en sociedad. En esta posición original hay un “velo de ignorancia” por el cual los individuos desconocen el estado en que les tocará vivir en sociedad, por lo que sus elecciones no estarán distorsionadas: elegirán solo racionalmente por motivos egoístas. Así que, dada esa ignorancia sobre su posición futura, adoptarían la estrategia propia de la “Teoría de juegos” tal y como la propusieron en su día von Neumann y Borel: tratarían de asegurarse de principio la situación posible menos mala escogiendo lo que Rawls llama “Principios de Justicia”: 1º El “principio de igualdad”, que asegura el máximo de libertad para cada uno de los individuos de modo compatible con el máximo de libertad para todos. 2º El “principio de diferencia”, que justifica la desigualdad cuando resulte provechosa para todos. Rawls llama “Justicia Equitativa” a la aceptación de ambos principios y sus consecuencias. El pensador de Baltimore asegura que este planteamiento es superior al del Utilitarismo. Como ya ha quedado expresado más arriba su inspiración se halla en la reinterpretación que hace del formalismo deontológico kantiano. La principal contribución de Rawls a la tradición liberal es el salto que da desde el principio de “que cada uno haga lo que quiera sin interferir en los demás”, a señalar como el bien más importante entre personas libres e iguales “el respeto a uno mismo”; ese respeto a uno mismo superaría con creces al burdo y primario “egoísmo”: Se trata por tanto de un matiz que (si lo miramos con detenimiento) cobra una importancia capital y constituye en efecto un gran salto cualitativo… ¡y cuantitativo!
JÜRGEN HABERMAS Y LA ÉTICA DE LA ACCIÓN COMUNICATIVA
Habermas, consideró que el prescriptivismo de Hare (neokantiano) había fracasado y que la razón moral únicamente podría ser rescatada partiendo del “diálogo”; no el diálogo empírico, que suele quedar distorsonado por la ausencia de información, la preponderancia de una de las partes o los actos de habla fallidos (y citamos solamente algunas de las “interferencias”). Habermas, partiendo de una posición heterodoxa (y hasta polémica) de la Escuela de Frankfurt, se dedicó a examinar a fondo el Pragmatismo Americano como marco de referencia (especialmente las propuestas de Austin y el 1er Searle) hasta diseñar una situación de diálogo “puro” que denominó “Comunidad Ideal de Diálogo” en la cual ese diálogo sería verdadero (genuino) y no aparente. Se regiría por las reglas de una pragmática universal ideal. Todos sus miembros tendrían igual competencia para poder realizar actos de habla y, por consiguiente, nadie podría manipular a otro miembro de la comunidad, de modo que el diálogo pondría de manifiesto el auténtico peso de las razones que esgrimiera cada uno de ellos. Obviamente, y teniendo en cuenta todo ello, dicha comunidad ideal de diálogo ni existe ni puede existir. No obstante sí sirve como referencia moral: la conducta habrá de ser aquella que se adecue a normas acordadas de una manera racional (sin condicionamientos empíricos, o sea, materiales) por la comunidad ideal de diálogo. De aquí podemos extraer dos conclusiones. La primera sería que la “razón práctica” kantiana se convierte aquí en una “razón dialógica” (eso sí, con el mismo estatus de “trascendental”). La segunda, que el “sujeto trascendental” kantiano que descubría los principios universales de la moral se transmutaría en “comunidad trascendental” (o “comunidad ideal de diálogo”) capaz de alcanzar acuerdos racionales. Este despliegue ético no surge de ninguna concepción metafísica sobre la naturaleza humana (algo que Según Habermas ha de ser superado) sino del ser humano en cuanto “ser-capaz-de-argumentación”.
¿Podrían las éticas procedimentales, a la luz de estos dos ejemplos que os acabamos de presentar, sugerirnos una solución de compromiso para acabar con los conflictos que asolan nuestro mundo, o al menos para poder conjurarlos a tiempo?. ¿Seríamos capaces, el conjunto de los seres humanos, de hacer “borrón y cuenta nueva”?. Qué duda cabe de que para poner en marcha estos procedimientos tendríamos que comprometernos previamente con un cambio de actitud y comprender sentimentalmente, emocionalmente, ¡VITALMENTE!, la clara separación entre lo que llamaríamos VALORES y CONTRAVALORES. Citemos, si os parece bien, algunos de últimos para tener una noción clara de cuáles son los elementos perniciosos: ambición, codicia, fanatismo, egoísmo, avaricia, soberbia, maledicencia, ira, prepotencia, megalomanía, agresividad… La doctrina del “ojo-por-ojo y si puedo te-saco-los-dos”, el eslogan del “¡y tú más!”, la actitud del “a ver quién la tiene más grande” ya hemos visto adónde conducen: derramamientos de sangre, asesinatos de niños, violaciones, éxodos, destrucción generalizada, miseria, hambre, epidemias… De verdad: deberíamos estar muuuuuy cansaditos y cansaditas ya de tanta estupidez y de tanto derroche de adrenalina, bilis y feromonas. Tendríamos que reaccionar ¡YA!
Con cariño (y mucha preocupación) TXESKO C.